2. En las visitas a los centros de trabajo para la comprobación del cumplimiento de la norma sobre prevención de riesgos laborales, el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comunicará su presencia al empresario o a su representante o a la persona inspeccionada, al Comité de Seguridad y Salud, al https://seguridadlaboral52727.blogsvirals.com/33315037/poco-conocidos-hechos-sobre-seguridad-en-el-trabajo